Cómo sigue la causa luego de que dictaran la prisión domiciliaria de CFK con tobillera electrónica
La resolución del TOF2 le plantea restricciones a la expresidenta: vigilancia electrónica para evitar una fuga, límites a las visitas y la prohibición de saludar por el balcón.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 dispuso la prisión domiciliaria para la ex presidenta Cristina Kirchner y aceptó el domicilio de San José 1111, en el barrio de Constitución, para el cumplimiento de la pena por la causa Vialidad, con lo cual la ex mandataria no deberá presentarse en Comodoro Py.
Según la resolución, se ordenó a la Dirección de Asistencia a Personas BajoVigilancia Electrónica, de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad, “la colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner” y se dejó sin efecto la citación a los tribunales.
También se le impusieron a la ex mandataria reglas de conducta como “permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente”, además de fijar que “por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción”.
Asimismo, “deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Es decir, no podrá salir al balcón a saludar a los manifestantes que estén congregados en las inmediaciones del domicilio.
Además, “en el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado”.
Se encomendó a su vez a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal que “lleve adelante la supervisión de la ejecución de la prisión domiciliaria de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner y eleve a esta sede los resultados de la supervisión cada tres (3) meses, período de tiempo al cabo del cual se evaluará el grado de acatamiento de las reglas impuestas”.





